Prevención de actos de hostigamiento sexual en la comunidad universitaria 

Entre los mecanismos implementados para llevar una sana convivencia, la Secretaría General de la UPC, en coordinación con la Dirección de Calidad Educativa gestionan la emisión del Reglamento para la Prevención e Intervención en Casos de Hostigamiento Sexual, el cual dispone la creación y conformación de los siguientes órganos:

La normativa mencionada se rige bajo la Ley N° 27942, el Decreto Supremo N° 014-2019-MIMP y su modificatoria (Decreto Supremo N° 021- 2021-MIMP); así como por los reglamentos internos pertinentes de la UPC, los mismos que son difundidos a través de nuestras redes sociales, página web de la universidad, el Boletín Informativo UPC virtual, actualizaciones del sistema SICA, webmailings y otros medios.

Para la efectividad de su cumplimiento se realizan las siguientes acciones:

  • Charlas y talleres informativos periódicos en materia del hostigamiento sexual para la sensibilización de la comunidad universitaria.
  • Eventos de capacitación anuales sobre la prevención del hostigamiento sexual para la comunidad universitaria.
  • Campañas periódicas de detección, prevención y difusión informativa.
  • Difusión de información sobre los canales de atención de quejas o denuncias (internos y externos).
  • Fomento de prácticas que fortalezcan la identidad y la autoestima, y promueven el desarrollo de prácticas de prevención ante casos de hostigamiento sexual.

De igual manera, contamos con las siguientes medidas de protección:

  • Rotación o cambio del lugar del presunto hostigador.
  • Suspensión temporal del presunto hostigador.
  • Rotación o cambio de lugar de la víctima, siempre que haya sido solicitada por ella.
  • Solicitud al órgano competente para la emisión de una orden de impedimento de acercamiento, proximidad a la víctima o a su entorno familiar.
  • Medidas de protección a favor de testigos.
  • Separación preventiva.
  • Sanciones según la gravedad de la falta.
  • Otras medidas que busquen proteger y asegurar el bienestar de la víctima.

Por otro lado, nuestras autoridades encargadas del procedimiento disciplinario por actos de hostigamiento sexual son las siguientes:

  • Secretaría de Instrucción.
  • Comisión Disciplinaria para actos de Hostigamiento Sexual.
  • Tribunal Disciplinario.